Si en algún momento tienes la noticia de que tienes una o varias acreencias bancarias, alégrate, puedes obtener dinero repentinamente. Y es que no todo el tiempo puedes enterarte de que dejaste un dinero olvidado y puedes tenerlo de vuelta.
Aún así, no se trata de un dinero que obtienes como premio o que es regalado, sino que lo olvidaste. Pero, el alivio de poder recuperar un monto de dinero que puede servirte para una necesidad del presente, es provechoso.
Aquí explicaremos lo que son las acreencias bancarias, cuáles son sus características y cómo es el proceso para poder recuperarlas.
¿Qué son las acreencias bancarias y cómo recuperarlas?
Las acreencias bancarias son montos de dinero olvidados en cuentas bancarias que no han tenido movimiento por un tiempo determinado. Dichas cuentas no deben mostrar movimiento o transacciones durante unos 2 años, por lo que se considera que está inactiva.
Todos los bancos tienen la obligación legal de informar a las personas de forma pública si poseen alguna acreencia bancaria. En su mayoría, las instituciones publican la lista de personas correspondientes en el Diario Oficial en marzo de cada año.
Cuando una persona tiene una acreencia bancaria, puede recuperarla acudiendo a la sede del banco con su cédula de identidad. Si se trata de alguien no titular, se necesita asesoramiento jurídico por ley para reclamar el dinero de dicha cuenta.
Hay excepciones para las acreencias bancarias, que dependen del origen de los fondos y cómo llegaron a la cuenta correspondiente. Entre ellas se encuentran las boletas o depósitos de garantía y las sumas recibidas por los cheques de tipo viajero.
También se incluyen los depósitos y captaciones que tienen plazo indefinido o que tienen cláusula de renovación de forma automática. Por último, están los casos de montos de dinero comprometidos con situaciones de embargo o de retención por algún evento.
En el Diario Oficial sólo se publican las acreencias que tienen un monto mayor a unas 5 unidades de fomento. Si se trata de un monto menor, es necesario acudir a la entidad bancaria donde se ha tenido la cuenta.
Las acreencias tienen una fecha límite de retiro que es de 3 años, contando desde la fecha de su publicación. En caso de que no se retire la acreencia, el dinero pasa inmediatamente al Fisco y no se puede recuperar.
Si se ha tenido cuentas bancarias en el pasado, es importante siempre estar atento a estas publicaciones de las entidades.
Otras características de las acreencias
Se puede conocer si se posee una acreencia utilizando un buscador web habilitado para las personas con nombre de SBIF. Sólo se necesita el nombre de la institución bancaria o de la persona titular para saber si existe la acreencia.
Para personas fallecidas, se tratan los fondos como parte de una herencia, con trámites establecidos por el banco que corresponda. Por último, si existe la indicación de sucesión en la cuenta determinada, inmediatamente los fondos son entregados a los herederos.